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Inscripción

Normas para la autorización y solicitud de la Prueba de Certificación de Maestros (PCMAS)

El Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (DEPR), con fecha del 7 de noviembre de 2007, ha emitido la Carta Circular 6-2007-2008, en la cual se establece la Política Pública sobre las Pruebas de Certificación de Maestros, en conformidad con el Reglamento de Certificación del Personal Docente Número 6760 (2004). El College Board, Oficina de Puerto Rico y América Latina, es la institución educativa sin fines de lucro que diseña, prepara y administra esta prueba, bajo encomienda formal del Departamento de Educación (DEPR). Por tanto, y a los fines de establecer el protocolo de inscripción, registro y administración de rigor, en sintonía con las reglamentaciones establecidas por el DEPR, a continuación enunciamos las normas que regirán estos procesos, tal y como se han coordinado y acordado con el DEPR y las instituciones de educación superior acreditadas que ofrecen un programa de preparación de maestros.

Trámites iniciales

1. Todo maestro o aspirante a maestro que vaya a tomar la PCMAS con el propósito de solicitar la certificación del DEPR debe informarse sobre los requisitos específicos que, en su caso, le exigirá el DEPR, y sobre las pruebas que debe tomar para completar su expediente de certificación. Para ello, consultará el Reglamento de Personal Docente, así como Carta Circular (6-2007-2008) vigente. En todo caso, acudirá a la institución universitaria en la que estudia o la que le confirió el grado, si es un candidato que ya completó los estudios. Deberá dirigirse al departamento o facultad de educación de dicha institución y entrevistarse con el oficial encargado, a los efectos de que se evalúe su expediente y se determine cuál o cuáles pruebas debe tomar.

2. Todo candidato que aspire a obtener un Certificado Regular de Maestro debe tomar y aprobar la Batería Básica, la cual consta de dos partes: (A) Conocimientos Fundamentales-Competencias de la Comunicación, y (B) Competencias Profesionales (Elemental o Secundaria)

3. El candidato que aspire a obtener un Certificado Regular de Maestro de Educación Secundaria en matemáticas, inglés, español, ciencias o estudios sociales/historia debe tomar y aprobar la Prueba de Especialidad que se administra para esas materias, además de la Batería Básica. Es necesario reiterar que todo candidato debe orientarse ampliamente sobre los requisitos de certificación aplicables en su caso, y cuál o cuáles pruebas le exige el DEPR, toda vez que las diversas certificaciones que el DEPR confiere tienen diferentes restricciones y requerimientos. La institución universitaria en la que estudió puede aclarar sus dudas.

Autorización para tomar las PCMAS

4. De acuerdo con la Carta Circular 6-2007-2008, el aspirante a tomar la PCMAS debe acudir a la institución académica en la que estudia (o en la que está próximo a graduarse) o a la institución que ya le confirió el grado, a fin de solicitar una Autorización Oficial (escrita) para tomar la prueba. La facultad o departamento de educación de dicha institución analizará su expediente, orientará al candidato y le expedirá esa Autorización Oficial escrita para que el candidato pueda someter su solicitud para tomar las PCMAS, administradas por el College Board.

5. En caso de que el candidato haya obtenido su diploma o título en educación, debe solicitar dicha autorización al departamento o facultad de educación de la institución que le confirió el grado. En caso de que la persona haya obtenido el grado de una institución, pero ha completado los requisitos de pedagogía en otra, debe solicitar la autorización a la institución en la cual ha estudiado los cursos en pedagogía o a la institución donde completó los últimos requisitos de educación que le hacen elegible a solicitar la certificación de maestro.

6. Si un candidato ha obtenido su grado o título en una institución fuera de Puerto Rico, debe solicitar la autorización directamente al Instituto de Desarrollo Profesional del Maestro del Departamento de Educación, Oficina Central en Hato Rey.

Sin la Autorización Oficial escrita correspondiente, el College Board no recibirá o procesará solicitud alguna y, por lo tanto, no es posible tomar las PCMAS. Cuando una institución autorice a un candidato a tomar las PCMAS, completará el documento de Autorización Oficial, tal y como se lo ha referido el College Board, y entregará el original al solicitante, junto con el Manual de Instrucciones para Completar la Solicitud de las PCMAS, en el cual se incluye la solicitud. La autorización no puede ser alterada por ninguna razón, ni transferida a otra persona, ni mucho menos duplicada o fotocopiada. (Sólo la institución que la expide puede retener la copia oficial.)

Las Solicitudes están disponibles solamente en las instituciones que ofrecen programas de preparación de maestros y, por lo tanto, son las personas que autorizan a tomar las PCMAS. Sólo personas autorizadas pueden recibir las solicitudes para completarlas y pagarlas. No se entregarán solicitudes a personas no autorizadas, no se entregan solicitudes a individuos en las oficinas del College Board ni tampoco se enviarán solicitudes (en blanco) por correo.

Registro o inscripción:

7. Las PCMAS se administrarán el 8 y 15 de marzo de 2008, y el registro se llevará a cabo mediante el envío de la solicitud, completada en todas sus partes, acompañada de la Autorización Oficial y con el giro correspondiente al pago de rigor. Si se omite alguna de estas partes, la solicitud no será procesada. Para el envío de estos documentos debe utilizar un sobre regular #10, y enviarlos a la siguiente dirección:

The College Board
Pruebas de Certificación de Maestros
PO Box 71101
San Juan, Puerto Rico 00936-8001

8. Una vez el candidato ha sido evaluado y ha recibido la autorización escrita de la institución correspondiente, enviará por correo o entregará en las oficinas del College Board:

  • Solicitud oficial de las PCMAS, debidamente completada
  • Autorización Oficial de la institución universitaria
  • Pago (mediante giro), correspondiente a las pruebas autorizadas.

Calendario

  • 8 de febrero de 2008—última fecha para enviar o entregar solicitud a College Board.
  • 15 de febrero de 2008—última fecha para envío tardío de solicitudes al College Board. Este envío tardío implica recargos. (Ver Manual de Instrucciones para Completar Solicitud de PCMAS.)
  • 8 de marzo de 2008—fecha de examen PCMAS, Batería Básica.
  • 15 de marzo de 2008—fecha de examen PCMAS, Especialidades

9. El proceso de inscripción se termina si, y sólo si, la persona completa la solicitud en todas sus partes y la envía al College Board con la autorización oficial y el pago. Solicitudes incompletas serán devueltas.

10. Casos Especiales y de Acomodo Razonable. La inscripción para las personas con necesidades especiales (incluyendo la necesidad especial por afiliación religiosa adventista) exige que, antes de completar y/o pagar la inscripción, el candidato someta la documentación formal que justifique su petición de acomodo razonable. A tales efectos, las personas con necesidades especiales deben someter su petición por escrito, junto con el certificado médico explicativo y la justificación correspondiente. Deben enviar la evidencia junto con su solicitud para tomar PCMAS, o pueden entregarlas personalmente en las oficinas de College Board.

11. Unos diez días antes de la prueba PCMAS, cada candidato autorizado recibirá un Boleto de Admisión, indicándole el Centro en el cual tomará el examen, el número de salón, la hora, la fecha, y otra información importante, tal y como la marcó en su solicitud. El día del examen, debe presentar el Boleto de Admisión junto con una identificación válida.